Fuente: www.pichilemunews.cl – 14.05.2023
- Tras conocerse -primero, por parte de la JJ. VV. “Playa Hermosa”- sobre el fallo donde la Corte de Apelaciones que da la razón a la causa ciudadana -de defensa de un BNUP- por parte de la unidad vecinal sindicada, ya es un signo claro de por qué éstos dan a conocer la noticia, pese a que la versión municipal los erige en líderes de la defensa del BNUP.- E, insisten con un nuevo comunicado -ninguno de ellos firmado por el alcalde, menos por los seis concejales- que hace un año atrás firmaron a “pie juntillas” una Declaración Pública donde defendieron a “rajatabla” el acucioso trabajo de sus equipos municipales. Como también, avalaron un “Estudio de Título” sobre el terreno que desde 1960 está inscrito a nombre del municipio -y, al menos desde el 2005- está declarado como ÁREA VERDE en el actual Plano Regulador Comunal, PRC, de Pichilemu. En efecto, avalaron el resultado de la brillante y acuciosa investigación del abogado que ellos -como Municipio- contrataron que les señaló que revisados las inscripciones hasta el 2006 -tal como lo mencionaron en su Declaración Pública- no encontró inscripción del terreno en cuestión a favor municipal y, que, por tanto “no era municipal”.
- Todo ello, pese a que -antes del encargo del Estudio de Títulos- la información fidedigna de que el mencionado terreno sí era municipal, que estaba inscrita en el Conservador de Bienes Raíces, desde el año 1960, fue entregada a la Oficina Jurídica del municipio a través de su correo electrónico, para que informara a su jefe directo, el alcalde.

Esa pequeña introducción, es para poner un poco en contexto lo que viene: Contar en cierto modo nuestra impresión, luego de conocido el fallo dado a conocer por la Junta de Vecinos “Playa Hermosa”, donde el municipio -liderado por su alcalde- emitió un Comunicado a los medios y que publicamos íntegramente. Y, no pasó mucho para que emitiera un segundo Comunicado, fechado el 12 de mayo. Este no lo publicamos sino hasta ahora, textual sin quitar ni agregar una coma:

“COMUNICADO ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PICHILEMU
Complementando la información entregada frente al caso del terreno de Playa Hermosa ubicado en calle Guillermo Tell, la Ilustre Municipalidad de Pichilemu cree necesario entregar a la comunidad un relato claro y transparente sobre este tema, que se desencadena públicamente cuando la empresa Eluney SpA comienza la construcción de una cancha de futbolito en el sector, en el segundo semestre de 2022.
En ese mismo momento, cuando la Junta de Vecinos de Playa Hermosa se contacta con el Municipio, su Alcalde Cristian Pozo se hace cargo del tema con el apoyo del área jurídica y de la Dirección de Obras Municipales (DOM), comenzando una serie de reuniones para conocer la problemática y buscar soluciones dentro del marco legal vigente. Renace allí la duda, expuesta por los vecinos, respecto del verdadero propietario del terreno
En este contexto, circula una carta firmada por el Alcalde y el Concejo, que afirma que el terreno en conflicto es de Eluney SpA, pero esa misiva se suscribió con la información con la que se contaba en ese momento: título de dominio a nombre de la Empresa. No obstante a ello en esta misma carta se consigna que el Municipio seguirá trabajando por esclarecer esta situación y recuperar espacios como este por el bien de la comunidad.
Por lo anterior, se piden todos los antecedentes a la Dirección de Obras, la cual informa que los trámites de la empresa Eluney SpA habían comenzado en 2019, cuando ésta solicita un certificado de informes previos que es el estatus del terreno en el plano regulador.
En comunicado anterior, se explica que la DOM se opuso en un principio a entregar ese certificado, pero la Contraloría señaló que pedir un estudio de títulos para concederlo excedía el marco legal, por lo que finalmente lo entrega, haciendo que Eluney obtenga el permiso de construcción. Es importante reiterar, que la DOM siempre cuestionó la legitimidad del dominio del terreno.
Efectivamente, desde la década del 60 en adelante, aproximadamente, sucesivas administraciones no hicieron los trámites correspondientes para poner a nombre del Municipio muchos terrenos, como calles y plazas, que ahora son fuente de conflicto, pero la Municipalidad, en la actualidad, se ha hecho cargo de este trabajo iniciando las acciones administrativas o judiciales que permitan recuperar o regularizar esos terrenos.
Por otro lado, la Junta de Vecinos realizó un estudio de títulos, que señala, en resumen, que gran parte de ese terreno sería de dominio municipal. La Municipalidad a su vez, encargó mediante licitación otro estudio de títulos, que concluye por su parte, que el terreno sería de Bienes Nacionales. Ante este escenario, son los tribunales de justicia los que deben pronunciarse sobre quien es realmente el dueño de dicha propiedad.
Paralelamente la Junta de Vecinos de Playa Hermosa presentó un Recurso de Protección ante la Corte de Apelaciones de Rancagua para dejar sin efecto ese permiso otorgado por la DOM, petición que con fecha 10 de mayo de 2023 esta Corte acogió favorablemente.
En este este escenario, los vecinos acordaron con el Director Jurídico (S) del Municipio no ejercer ninguna acción hasta ver el resultado final del recurso de protección en tramitación actualmente, de modo de tener la claridad suficiente para poder diseñar una estrategia eficiente que permita dar solución definitiva a este caso. Se hace necesario reiterar que el Municipio no recurrirá de la decisión de la Corte de Apelaciones, pero la empresa Eluney SpA, aún puede apelar ante la Corte Suprema, por lo que el fallo aún no se puede cumplir.
No obstante a la controversia que ha generado el tema, es necesario enfatizar que la gestión liderada por el Alcalde Cristian Pozo ha procurado siempre su esclarecimiento, priorizando ante todo el bien de la comunidad, con pleno respeto a la normativa legal vigente. De esta manera se hace cargo de un conflicto que en las anteriores administraciones municipales nunca se asumió como prioridad.
De hecho, su compromiso es seguir adelante con las herramientas jurídicas que tiene a su alcance el Municipio hasta obtener los resultados esperados, no sólo en este caso, sino también en el resto de controversias legales que existen respecto de otros terrenos cuestionados.
Teniendo en cuenta todo lo expuesto, resulta evidente el absoluto compromiso del municipio en este caso y su participación proactiva junto a los vecinos, tal como lo reconoce el mismo fallo de la Corte de Apelaciones de Rancagua en su considerando número 11 donde se especifica que en el caso Eluney de Playa Hermosa “se pone en riesgo o amenaza el derecho de propiedad reclamado por el municipio y los vecinos del sector”.
Es de especial relevancia destacar el trabajo y esfuerzo de los vecinos de Playa Hermosa en este caso, y la importancia de seguir trabajando conjuntamente de modo de unir fuerzas y lograr resultados que favorezcan siempre los intereses de la comuna y sus habitantes”.

Levantarse el tarro
Si ya el primero de los comunicados nos provocó “una mueca”, el segundo nos provocó “una sonrisa” al tiempo que nos dijimos, honestamente: “¡¡Qué desparpajo!!”
Claro, conociendo algunos entretelones de cómo se ha sido desarrollando realmente el trabajo que, felizmente, desembocó en el fallo que obliga a la Municipalidad de Pichilemu a dejar sin efecto el Permiso de Construcción otorgado a la empresa Eluney SpA; que en honor a la verdad no es otra persona que Daniel Parada Aliaga; concluimos en que antes de publicar este comunicado donde se releva y destaca ese “trabajo colaborativo, de unión, etcétera, etcétera”, que indica el documento municipal, había que hacer todo el esfuerzo posible para conocer la impresión de la cabeza visible de la defensa de este terreno -señalada como una Área Verde desde al menos el 2005, en el Plano Regulador Comunal- y que estaba inscrita en el Conservador de Bienes Raíces, desde el año 1960, cumpliéndose con la Ley General de Urbanismo y Construcción, LGUyC.
En consecuencia, hicimos el contacto con la profesional Isabel Riquelme, la abogada que en conjunto con la abogada María Cecilia Moya, han llevado este trabajo por encargo de la Junta de Vecinos “Playa Hermosa”. Ésta, después de pedirnos un tiempito para ordenar su trabajo, vía Whatsapp nos volvimos a conectar para esta conversación.
De partida, junto con agradecer su disposición y tiempo, como reconocer el trabajo exitoso que han realizado hasta el momento, le solicitamos un resumen de las escaramuzas sobre el caso.
“No voy a ir tan atrás, sino a julio de 2022: Reaparece Daniel Parada (dueño de Eluney SpA) en el terreno en conflicto, quien ya había mencionado sus intenciones en una visita que hizo en 2020. Se llamó al alcalde Pozo y se apersonó al lugar, no obstante, se niega por completo a ayudar argumentando que es un terreno privado. Mas, luego concurre con su equipo técnico de la DOM y reitera su negativa a abordar el problema.
En agosto 2022, el conflicto municipio v/s vecinos había escalado a tal punto que obligó al alcalde Pozo y a sus funcionarios a mantener una reunión con la Junta de Vecinos. Fue un sábado, donde nosotros como equipo ya habíamos visualizado la estrategia jurídica del recurso de protección en contra del alcalde, pues esa era la única salida para arreglar los entuertos a ese momento. Por lo que verificamos la legalidad de ciertos actos administrativos, como a la falta de notificación legal del permiso de edificación a la Junta de Vecinos, por lo que el alcalde Pozo y compañía subsanaron el error y generaron la respectiva notificación de la concesión de dicho permiso. Esto ocurrió el día 5 de septiembre (esta es la única gestión en la que realmente participó el municipio colaborando).
Sin embargo, con posterioridad a esto, se mandan tremenda declaración pública (que firma el alcalde y el Concejo en pleno), “apuñalando” por la espalda el trabajo comprometido con la JJ.VV. por querer pasarse de “vivos” y salir pronto del problema.
Posterior a ello, y ante semejante bajeza, preparamos el escrito de acusación por abandono de deberes, el que se presentó con fecha 28 de septiembre de 2022 a la Contraloría General de la República. Hasta ese entonces el alcalde desconocía absolutamente este asunto, ya que nació producto de su actuar, donde demostraba poco querer realmente “defender” el terreno en cuestión; sino que -al contrario- lo entregaba y otorgaba al privado para que iniciara su proyecto; no obstante, a que se conocía que el terreno estaba inscrito desde el año 1960 a favor municipal.
Siguiendo con la estrategia decidida por la Junta Vecinal, con fecha 5 de octubre 2022, se interpone Recurso de Protección, el que se declara admisible el día 10, y el día 11 se decreta la Orden de No Innovar, ONI. Luego viene todo el escándalo generado por el desacato, que desencadenó que usted y yo fuéramos llamados por el alcalde Pozo para ser increpados por las publicaciones realizadas y el video explicativo de desacato”.

Ya que recuerda ese punto, efectivamente fui contactado por el alcalde Pozo donde junto con demostrar su molestia por las publicaciones, reclamó por qué -teniendo su número de celular y otras vías de contacto- no había requerido su posición. Y le respondí, muy simple. Usted, como el alcalde anterior no responden; recordándole que a finales de julio de 2022 le pedí audiencia, la que me dio y, de acuerdo con mi compromiso suscitado, le envié por escrito cada uno de los temas -tratados en forma sucinta y en general en la audiencia- en forma detallada: proposición de proyecto cultural y su financiamiento, un informe de juicios por terrenos municipales y BNUP. Incluso le di a conocer de recursos pertenecientes al municipio, que desde el 2007 permanecen en un Juzgado, para que los rescatara. Nada respondió, le recordé. Y luego de eso, hasta ahora nada.

Bueno, no nos desviemos del tema principal. De acuerdo con estos detalles que me cuenta, ese trabajo colaborativo dista mucho de haber sucedido. Más bien, han tenido que actuar de acuerdo con las circunstancias que se han ido suscitando. Y, créame, que -¡en buena hora!- han sido con estas vicisitudes, pues si ustedes se confían, el privado -en este caso Eluney SpA- ya habría levantado su complejo deportivo en un BNUP. Lo digo, pues es tanta la inercia municipal (por no decir otra cosa), que la prueba está en casos judiciales donde la Municipalidad ha ganado y, pese a ello, siguen -a decir de la abogada municipal- “negociando” con el privado. Y éste, ni corto ni perezoso, sigue usufructuando con los terrenos que son BNUP y que tarde o temprano debe devolver.
Y, esta eficiencia y trabajo municipal quedará reflejado en cuánto tardan en RECUPERAR efectivamente el terreno del ex Matadero Municipal, cuyo fallo de la Corte Suprema sin duda ratifica que le pertenece efectivamente al municipio (desde mayo de 1918, exactamente, cuando los adquirió). Fallo que, se dio a conocer un día después que la Corte de Apelaciones de Rancagua fallara y anule Permiso de Construcción otorgado por la DOM de Pichilemu.

“Tiene mucho sentido lo que usted señala. Ese recordatorio cronológico que le hice es clave, porque para mí -reitero- es clave mencionarlo para su conocimiento y quizás de los demás, porque esto viene en desmentir derechamente la versión de la municipalidad de que siempre colaboraron.
Fue todo lo contrario, tuvieron una actitud prepotente, sentida y reticente a recibir la evidencia que le llevábamos. Tanto así, que cuando sosteníamos reuniones -por cierto, bien desagradables y tensas- ellos mencionaban que el asunto era por el terreno que “nosotros queríamos” como por un interés casi monetario.
Así que nunca hubo real colaboración. Siempre fue la Junta de Vecinos ejerciendo presión social y mediática del municipio, tanto así que simplemente los supero y no les quedo de otra, colapsaron frente a la protesta en calle Comercio, la acusación en Contraloría y las varias publicaciones en relación con el caso".

PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Así las cosas, me pregunto, ¿cómo pueden celebrar un fallo que los condena a hacer la pega? Y, ¿qué viene luego del fallo favorable al recurso interpuesto por la Junta de Vecinos?
"¿Qué sigue? Las partes tienen derecho de apelar, el plazo de 5 días hábiles para interponer la apelación, en números, tienen hasta el lunes 15 hasta las 23:59 horas para interponerlo.
De ser así, podría apelar el municipio o Eluney. Aunque el primero en su declaración pública declinó de la opción de apelar.
Respecto de Eluney es muy probable que decidan apelar, salvo que Daniel Parada no quiera pagar más honorarios en abogado y se haya resignado a perder el bien”.

Pongámonos en ese caso. Apela Eluney, ¿Qué significa eso?
“En caso de apelar, lo normal es que se envié por interconexión a la Corte Suprema, para luego de 6 meses aproximadamente ser resuelto por esta misma, pudiendo confirmar el fallo o revocar y reformar la sentencia dictada. Pero, tal como ya se ha dicho, yo veo super difícil que la Corte Suprema decida revertirlo, más entendiendo que perdería un inmueble que le pertenece al Fisco. Más aún, después de conocer como sucedió en el caso del ex Matadero Municipal. Si se fija, la Corte Suprema razonó en el mismo sentido".

Aun así. Que apele Eluney SpA, ¿qué opciones tienen ustedes -como Junta Vecinal “Playa Hermosa”- frente a la apelación?
“Tenemos una estrategia jurídica que nos reservaremos …”.

Ok. Ahora, en el caso que no apele, descartando la apelación de la municipalidad, ¿qué pasa?
“Si Eluney no apela, se pide la certificación de que el fallo está firme y ejecutoriado, lo que me sirve para acusar nuevamente al municipio de abandono de deberes si es que no concretan la demanda civil o no cancelan el Permiso de Edificación. Al tiempo que, además ya podríamos pedir que saquen el cerco de cierre”.

No obstante a lo anterior, volvamos a una probabilidad, ¿qué pasa si el municipio no acata el fallo?
“Lisa y llanamente estaría incurriendo en un desacato. Eso es así de claro, de efectivo.
Aparte de que estarían abandonando nuevamente sus deberes. Si ello ocurriera, respecto del DOM, así como se apresuraron a “cumplir con el dictamen de la Contraloría”, cosa que se ha visto no son siempre tan ágiles para cumplir con otros dictámenes y, en ese caso hay que pedir audiencia en la Secretaría Ministerial del MINVU, pues el DOM no depende solo del municipio, de su alcalde que es el jefe directo, sino del MINVU y sus sanciones se buscan en el organismo mencionado o en Contraloría”.

Y ante esa probabilidad de vuestra parte, ¿qué se buscaría con esa acción?
“Se le podría pedir que obligue al DOM a cancelar de oficio. Dicha cancelación tiene el plazo de 2 años".

Recapitulemos. ¿la paralización que se logró en octubre del año pasado fue un “primer golpe” a la acción municipal?
“De acuerdo a cómo se han ido desarrollando los hechos y los resultados tras la interposición del Recurso de Protección en contra de la municipalidad, la orden de no innovar, ONI, y paralización, ahora más que nunca tiene justificación y validez. Ya no tiene la temporalidad sujeta a la subsistencia de la ONI. No es posible que se retomen a la brevedad trabajos en ese terreno, es realmente inviable. Están en un entuerto jurídico muy difícil y demoroso de resolver”.

Creo que esta pregunta es relevante, aunque no la única. ¿Es este el final del asunto?, ¿se resolvió algo de fondo?
“No, estamos lejos de terminar. Este fallo solo es la piedra fundante que le da herramientas legales a la JJ. VV. “Playa Hermosa” para lograr que el municipio haga la pega que tiene que hacer.
En otras palabras, no se ha resuelto nada de fondo. Necesitamos urgente que se cancele el permiso de edificación, y se interponga la demanda civil. El fallo judicial lo que vino a hacer fue darle -derechamente- la única chance que tenía la municipalidad para rescatar este terreno porque todas sus vías legales para cancelar el permiso de edificación estaban “muertas”. Así de simple”.

¿Podría decirse -sin temor a equivocarnos- a que ustedes -en nombre de la JJ. VV. “Playa Hermosa”- le salvaron el pellejo al alcalde Pozo y al Concejo en pleno?
“Algo por el estilo. Se puede decir que el alcalde, los concejales y su equipo jurídico se salvaron -además- de ser degollados por Contraloría, únicamente por la gestión incansable de la Junta de Vecinos y, obvio, por el trabajo de su equipo, dirigentes y nosotros que hemos puesto nuestra capacidad al servicio de esta causa. Causa, que como ya he dicho, sigue …”.

Una última pregunta, ¿qué abogado de la Oficina Jurídica municipal alegó por el Recurso de Protección interpuesto por la Junta de Vecinos ante la Corte de Apelaciones?
“No fue un abogado de esa Oficina Jurídica. Fue un abogado externo contratado por el municipio para esos efectos …”.

Usted sabe que, desde el primer momento en que tomé conocimiento del trabajo, destaqué el trabajo de esta Junta de Vecinos, también a ustedes. Pero usted también sabe, que información para trabajar con mayor fundamento en esta causa, vino también de otros dirigentes vecinales que vienen desde hace años peleando ante la inercia e ineficacia municipal.
Más aún, también hay vecinos que en forma independiente se han atrevido a denunciar irregularidades e intentos de usurpación de terrenos. Por desgracia no todos con igual éxito, pero hay casos en que han impedido a que más privados se apropien del borde costero. Y da la casualidad de que, en uno de esos intentos, el dueño de Eluney SpA perdió un juicio ante el Consejo de Defensa de Estado, CDE, por un terreno fiscal en el borde costero que pretendía apropiárselo. Ese es uno, en tanto en otros casos sigue afanando ….
Esto es para que, si no lo sabía, conozca ante qué personaje están enfrentándose, ligado muy estrechamente con otro personaje que sí tuvo éxito en apropiarse de otras propiedades fiscales con la complicidad de autoridades municipales que hicieron la vista gorda, en el borde costero, en el cabezal norte del aeródromo, por nombrar solo dos casos.
Y, como usted es relativamente nueva en la plaza, hay otros personajes que no duermen y que están al “aguaite” a la espera de dar su zarpazo con otros terrenos.

Fotografías: Gentileza IRG